Disputa de errores en informes de crédito
Conforme con la Ley de imparcialidad en los informes de crédito, tanto la agencia de informes de crédito como el proveedor de la información (es decir, la persona, compañía u organización que brinda su información a la dicha agencia) son responsables de corregir cualquier información inapropiada o incompleta en su informe. Para aprovechar todos sus derechos bajo esta ley federal, comuníquese con la agencia de informes de crédito y con el proveedor de la información.
Herramienta para los consumidores sobre disputa de errores en informes de crédito
Esta herramienta proporciona una serie de preguntas y respuestas para ayudarle a comprender qué información contiene su archivo de crédito y cuáles son sus derechos en virtud de la ley federal en relación con errores en sus informes.
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¿Qué información contiene mi archivo de crédito?
Su archivo de crédito podría no reflejar todas sus cuentas de crédito. Aunque la mayoría de las tiendas departamentales nacionales y cuentas de tarjetas de crédito bancarias de uso general están incluidas en su archivo, no todos los acreedores suministran información a las agencias de informes de crédito: algunos acreedores como ciertos minoristas locales, cooperativas de ahorro y crédito, compañías de tarjetas de viaje, entretenimiento y gasolina no lo hacen.
Cuando la información negativa de su informe es correcta, solo el paso del tiempo puede garantizar su eliminación. Las agencias de informes de crédito pueden informar datos negativos correctos durante siete años e información sobre declaraciones de bancarrota durante 10 años. La información sobre juicios impagos en su contra puede ser suministrada durante siete años o hasta que el estatuto de limitaciones quede sin efecto, lo que demande más tiempo. No existe límite de tiempo para suministrar los siguientes datos: información sobre condenas criminales; datos brindados en respuesta a la solicitud de un puesto de trabajo cuyo sueldo supera los $75,000 al año; e información reportada porque ha solicitado un crédito o seguro de vida superior a los $150,000. Existe un método estándar para calcular el período de informe de siete años. Por lo general, el período comienza en la fecha en que se produjo el evento.
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¿Cómo puedo corregir los errores que se encuentran en mi informe de crédito?
Si encuentra errores en su informe de crédito, puede disputar la información y solicitar que sea borrada o corregida.
Paso 1: comuníquese con la agencia de informes de crédito
Comunique a la agencia de informes de crédito, por escrito, cuál es la información que considera errónea. Incluya copias (NO originales) de los documentos que respaldan su situación. Además de proporcionar su nombre completo y dirección, su carta debería identificar claramente cada ítem del informe que usted impugna, mencionar los hechos y explicar por qué impugna la información, y solicitar que sea eliminada o corregida. Le aconsejamos incluir una copia de su informe con los ítems en cuestión claramente señalados. Utilice el ejemplo de una carta proporcionado por la Comisión Federal de Comercio, o uno disponible en la agencia de informes de crédito. Envíe su carta por correo certificado, "con acuse de recibo", para que pueda documentar lo que recibió la agencia de informes de crédito. Conserve copias de su carta de disputa y documentos adjuntos.
Las agencias de informes de crédito deben investigar los ítems en cuestión —por lo general en un plazo de 30 días— a menos que consideren que su refutación es frívola o irrelevante. También deben reenviar todos los datos relevantes que usted proporcionó sobre el contenido erróneo a la organización que brindó la información. Luego de que el proveedor de información recibe el aviso de disputa de parte de la agencia de informes de crédito, este debe investigar, revisar la información relevante y volver a informar los resultados a la agencia de informes de crédito. Si el proveedor de información considera que los datos disputados son erróneos, debe notificarlo a las tres agencias nacionales de informes de crédito para que puedan corregir la información en sus archivos.
Una vez completada la investigación, la agencia de informes de crédito debe proporcionarle los resultados por escrito y una copia gratuita de su informe si la disputa establece modificaciones. Este informe gratuito no cuenta como su informe anual gratuitoSi se modifica o elimina un ítem, la agencia de informes de crédito no podrá volver a incluir la información refutada en sus archivos a menos que el proveedor de información verifique su veracidad e integridad. La agencia de informes de crédito también debe enviarle un aviso por escrito que incluya el nombre, la dirección y el número de teléfono del proveedor de información.
Si lo solicita, la agencia de informes de crédito puede enviar un aviso de toda corrección realizada a quienes recibieron su informe en los últimos seis meses. También puede solicitarle que envíe una copia corregida de su informe a todas las personas que lo recibieron durante los últimos dos años por motivos laborales.
Paso 2: comuníquese con su acreedor
Comuníquele al acreedor o proveedor de información, por escrito, que desea disputar un ítem. Incluya copias (NO originales) de los documentos que respaldan su situación. Muchos proveedores especifican una dirección especial para disputas. Si el proveedor informa el ítem a una agencia de informes de crédito, debe incluir un aviso de su disputa. En caso de que usted tenga razón —es decir, si se comprueba que la información es incorrecta—, el proveedor de información no podrá volver a informarla nuevamente.
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¿Qué sucede si la investigación no logra resolver mi disputa?
Si una investigación no resuelve su disputa con la compañía de informes de crédito, usted puede pedir que se incluya una breve declaración de la disputa en su archivo y que se incluya o resuma en futuros informes. También puede solicitar a la agencia de informes de crédito que brinde su declaración a toda persona que haya recibido una copia de su informe recientemente, pero quizá deba pagar por este servicio. Además, si no está satisfecho con la resolución, tiene la opción de presentar una queja ante la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor.